Destitución de jueces en el 2004

Con sorpresa recibimos la noticia de que el Estado ecuatoriano acogió, amablemente, la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) sobre la destitución de los magistrados de la Corte Suprema y del Tribunal Constitucional sucedida el 2004. Incluso han empezado ya los trámites para resarcirlos económicamente y repetir contra los culpables. 

Pero claro, más que una inédita conducta del gobierno en aceptar las decisiones de un órgano al que vilipendia constantemente, aquí hay un ajuste de cuentas al gutierrismo. Al que por cierto sí hay que responsabilizar de las inconstitucionales e ilegales destituciones de los magistrados, así como a todos sus invitados de última hora que también votaron con la exigua marea “roji-verde”. La justicia les hará pagar con plata de sus propios bolsillos, donde más duele.

La sentencia de la CIDH sobre la destitución de los vocales del Tribunal Constitucional tiene algunas particularidades. Se destaca, por ejemplo, el allanamiento del Ecuador a diversos hechos y el reconocimiento de su responsabilidad por algunas de las violaciones alegadas por la Comisión y las partes. Se allanó a las violaciones alegadas sobre el proceso de cesación de los ex vocales aunque no lo hizo sobre los juicios políticos que luego se efectuaron y sobre otras controversias como el monto de las reparaciones y costas. Dentro de las pruebas que se presentaron en contra de las arbitrarias decisiones del entonces Congreso Nacional resaltan las declaraciones rendidas por Luis Fernando Torres, Wilfrido Lucero, Oswaldo Cevallos y el peritaje de Alejandro Ponce sobre los estándares internacionales de independencia judicial. Fue precisamente Torres el que alertó, en aquella sesión crucial del Congreso Nacional donde se destituyeron magistrados y vocales, sobre las consecuencias posteriores, nacionales e internaciones, de la abusiva e inconstitucional decisión del momento.

Así, la CIDH dispuso que el Estado ecuatoriano pague (sólo por ésta sentencia) USD 60.000 a cada vocal, así como montos específicos a cada uno de ellos que llegan a los 1,7 millones de dólares y otros gastos y costos que también reconoce la sentencia a los destituidos. Ahora veremos cómo se efectúa la repetición contra los responsables de la ilegal decisión. Se conoce que si no pagan podrán ser declarados insolventes. Sin embargo, lo que sí llama la atención será lo que pase si la CIDH falla a favor de los 57 diputados destituidos a inicios de éste gobierno. ¿Veremos tanta amabilidad y sometimiento a las decisiones internacionales?

©Artículo publicado en el Diario El Heraldo (martes 3 de diciembre de 2013)
Anterior
Anterior

Emprender en Ecuador

Siguiente
Siguiente

Acción de protección y medidas cautelares Caso Toros Ecuador