Nuevos y raros derechos

En Ecuador soplan vientos de reformas constitucionales y, una vez más, cambiaremos (o cambiará la mayoría gobiernista, vale la aclaración) un texto constitucional que no resistió seis años y que nunca iba a sobrevivir los trescientos que le auguraron sus parteros. 

Sin embargo, hoy no pretendo objetar lo que motiva esas reformas sino, precisamente, recordar la volatilidad que tienen las leyes y la constante evolución que sufre el derecho y claro, los nuevos derechos (si se los puede llamar así) que aparecen con el internet y las redes sociales.

Uno nuevo que llama la atención es el “derecho al olvido” que tienen los individuos frente a los buscadores como Google o Yahoo. Al menos en Europa y en Argentina, hoy usted puede pedir que se borren datos sobre su pasado que le causen daño y que tengan algún impacto en medios de comunicación. En Europa la obligación para los buscadores nació de un reciente fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y, en pocos meses, Google recibió alrededor de 70.000 pedidos de ciudadanos que solicitaron la eliminación de entradas que les perjudican y que se encuentran contenidas, en su mayoría, en noticias informativas. ¿Colisión con el derecho a la libertad de expresión? El debate continúa.

Otro novísimo derecho que apareció en el espectro legal es el de la privacidad de las conversaciones en redes sociales. La Corte Suprema argentina ya condenó a un hombre por revisar chats ajenos en redes sociales sin el permiso de su exesposa. ¡La cura para parejas celosas!-pensarán aliviados unos cuantos-. Lo cierto es que la complejidad informática alimenta nuevas formas de regulación. ¿Qué derecho podrá surgir, por ejemplo, de la manipulación de 700.000 perfiles que hizo Facebook para verificar el cambio de ánimo de los usuarios cuando en su página principal aparecían únicamente noticias negativas?

No soy partidario de que estos nuevos derechos se cincelen en una constitución. Si aparecen, prefiero que sea a través de la jurisprudencia que, en última instancia permite la contradicción con opiniones diferenciadas.

©Artículo publicado en el Diario El Heraldo (martes 8 de julio del 2014)
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