Págueme el viaje
La tecnología
parece estar modificando la manera en la que trabajamos y también la manera cómo regulamos ese trabajo.
Y no me refiero únicamente al reemplazo de
trabajadores-cajeros por máquinas en cadenas como McDonald’s Walmart o Tesco
(fácilmente explicable por la subida del pago mínimo por hora), sino a la aparición
de nuevos e interesantes "derechos".
Primero estuvo la
famosa prohibición francesa de que trabajadores revisen y contesten correos electrónicos pasadas las seis de la tarde para que no se les obligue a trabajar
fuera del horario de oficina.
Esto, a pesar de toda la alharaca internacional,
terminó siendo un fiasco informativo que sepultó aún más la pobre fama de los galos
considerados -tal vez por los alemanes- como grupo perezoso de Europa y bon vivant por excelencia.
En realidad nunca
hubo una ley sino un acuerdo entre algunos sindicatos y empresarios para que
ciertos trabajadores autónomos con contrato por días y no por horas (en Francia
la semana de trabajo es de 35 horas), se desconecten totalmente de
comunicaciones electrónicas si han trabajado hasta 13 horas por día; algo
lógico, aparentemente.
Lo nuevo ha
llegado esta semana gracias a una sentencia dictada por el Tribunal de Justicia
de la Unión Europea (y esto sí es precedente jurídico).
Se trata de la consideración laboral del 'traslado al trabajo'como trabajo. En
otras palabras: "pague por el trabajo y por el viaje al trabajo".
Se trata de la consideración laboral del 'traslado al trabajo'
El caso llegó al
Tribunal por consulta luego de que una compañía española -otro grupo denostado
por los germanos- resolviera cerrar sus oficinas provinciales en España y
concentrara a todos sus empleados en su sede de Madrid.
La compañía se dedica a
la instalación de sistemas de seguridad antirrobo y sus trabajadores deben
desplazarse de lugar en lugar montando los aparatos.
Antes del cierre
de sus dependencias, la compañía contabilizaba el trabajo desde que los
empleados llegaban a la oficinas (como es normal).
Sin embargo, luego del
cierre de las sucursales, el tiempo se contabilizó desde que llegaban donde el
cliente, sin considerar el desplazamiento mas que como tiempo de descanso fuera
de la jornada laboral.
Con traslados que a veces duraban tres horas o recorrían
cien kilómetros, la situación llamó la atención y hoy ya es parte del trabajo
cuando el trabajador carece de lugar de trabajo fijo o habitual.
Artículo publicado en el Diario El Heraldo (domingo 13 de septiembre de 2015)